La Guardia Civil interviene un arma de fuego con silenciador y siete ejemplares de fauna silvestre disecados
La Guardia Civil de Alicante, en dos actuaciones distintas
llevadas a cabo en dos parajes naturales protegidos de la provincia, ha propuesto
para las pertinentes sanciones, de un lado al propietario de un arma larga
rayada, con silenciador y munición de 22 milímetros, que la portaba en el
momento de la inspección; y de otro, al dueño de siete ejemplares disecados, de
diferentes especies animales, que estaban expuestos en un refugio para
cazadores.
Todos los efectos objeto de sanción han sido intervenidos, quedando a
disposición de las autoridades competentes para resolver los expedientes
sancionadores.
El uso del silenciador para armas de fuego, sólo está permitido para
algunos funcionarios especialmente habilitados
El pasado día 12 de febrero, durante una inspección llevada a cabo en un coto
de caza, situado en un paraje natural protegido de Crevillente, por el Servicio de
Protección de la Naturaleza (SEPRONA) de Elche, con la colaboración de un
guía canino de la Guardia Civil de Valencia, y tres agentes forestales de
Crevillente, la Guardia Civil intervino en el interior de uno de los vehículos
controlados, un arma de fuego larga rayada, para tiro deportivo, de calibre 22
milímetros, con un silenciador acoplable al cañón, y una caja de munición.
Las armas de fuego para tiro deportivo sólo pueden portarse y utilizarse en
campos de tiro reglamentados. Por su parte, el uso de silenciadores acoplables a
armas de fuego está prohibido, salvo para funcionarios especialmente
habilitados, en concordancia con el Reglamento de Armas (Real Decreto
137/1993). Además, la Ley 13/2004 de caza de la Comunidad Valenciana, en su
artículo 12, apartado 2, prohíbe expresamente para la caza, en el punto e, los
rifles de calibre 22 milímetros, y en el punto f, los silenciadores.
El uso de silenciadores en zonas protegidas pone en grave riesgo a la fauna,
principalmente por lo difícil que es detectar el sonido de los disparos, lo que
favorece la impunidad de la caza furtiva.
La fuerza actuante procedió a la intervención del arma, el silenciador adaptable al
cañón, y la munición, que han sido depositados en la Intervención de Armas de
Elche, a disposición de la Administración competente para resolver el expediente
sancionador.
La taxidermia debe ser realizada por talleres inscritos en el Registro
Por otro lado, el pasado 17 de enero, durante una inspección en otro coto, ésta
vez en un paraje natural protegido de Santa Pola, el Seprona de Elche intervino
en el interior de un refugio para cazadores, siete ejemplares de diferentes
especies de fauna silvestre disecadas, esto es, naturalizadas mediante técnicas
de taxidermia: tres perdices, una liebre, un zorro, una codorniz, y una gineta.
No todas las especies de animales pueden ser cazadas para ser disecadas,
como ocurre con la gineta, que es un animal protegido, al tratarse de una especie
cuya supervivencia se encuentra amenazada. En el caso de la gineta, sólo podría
disecarse un ejemplar cuando su muerte se produjera de forma natural o
accidental, y siempre con la previa autorización de la Consellería de Medio
Ambiente.
Además, la taxidermia debe ser ejercida por personal autorizado. Y los
ejemplares deben estar acompañados en todo momento de la documentación
que acredite que han sido disecados en un taller inscrito en el Registro, y que
tanto su procedencia como su tenencia, son legítimas.
Al ser requerido el propietario de los ejemplares, para que justificara la
procedencia y tenencia legal de los especímenes, no pudo acreditar tal extremo,
lo que constituye una infracción a la Ley 42/2007 de Patrimonio Natural y
Biodiversidad.
Los agentes procedieron a la incautación de los siete ejemplares, que han sido
puestos a disposición de la autoridad competente para su valoración y análisis
definitivo, en el que se determinará su destino final.
El Servicio de Protección de la Naturaleza realiza de forma periódica este tipo de
inspecciones al objeto de comprobar el correcto cumplimiento de las diferentes
normativas reguladoras, con la finalidad de salvaguardar la flora y la fauna.