APRUEBAN LA BONIFICACIÓN DEL 75% DEL IMPUESTO SOBRE LOS VEHÍCULOS QUE GENEREN MENOS IMPACTO MEDIOAMBIENTAL

Nuevas medidas para bajar impuestos y también para incentivar la protección del medio ambiente. Desde el Ayuntamiento de Finestrat han aprobado una bonificación del 75% sobre el impuesto de aquellos vehículos que generen menos impacto sobre el medio ambiente.  La bonificación también se aplicará en un 50% a los matriculados a partir del año 2001, lo que permite que se puedan beneficiar prácticamente la totalidad de vehículos matriculados en Finestrat a partir de ese año con motor Euro 3.   Cabe señalar que actualmente la media de lo que se abona por este impuesto para un turismo oscila entre 70 y 110€. 

En palabras del alcalde, Juanfran Pérez Llorca, “de los Ayuntamientos dependen 3 impuestos: el IBI, la plusvalía y el impuesto de vehículos. Y siguiendo nuestra política de reducción de la presión fiscal en Finestrat hemos aprobado la reducción de los 3.  Hemos bajado el IBI, hemos bajado la plusvalía y en el pleno de hoy hemos aprobado la bonificación del 75% para el impuesto de vehículos que producen menos impacto sobre el medio ambiente como pueden ser los eléctricos, híbridos y aquellos que cumplen directivas europeas como Euro 4, Euro 5 ó Euro 6.  También bonificaremos en un 50% los vehículos matriculados desde el año 2001 con motor Euro3. Por tanto, se podrán beneficiar de esta bonificación prácticamente la totalidad del padrón de vehículos.  Aquí se venía pagando una media de 80-100€ por este impuesto y prácticamente todos pasarán a pagar la mitad.   Es una medida para incentivar la renovación de la flota de vehículos más antiguos y para fomentar la protección de nuestro entorno reduciendo las emisiones de CO2 a la atmósfera”.  

Al término de la sesión la primera autoridad local ya avanzó que la intención es seguir paulatinamente con la reducción de impuestos.  “En el caso del IBI hemos bajado en un 6% el tipo impositivo para el próximo ejercicio. También bonificamos en un 95% el impuesto de plusvalía, el máximo que permite la ley, cuando se trata de transmisiones por herencias. Y ahora bonificamos el impuesto de vehículos.  Por tanto, seguimos trabajando en mantener la estabilidad económica del Ayuntamiento al mismo tiempo que seguimos trabajando para seguir reduciendo la presión fiscal a todos los vecinos de la localidad”. 

Bonificación del 75% sobre el impuesto de vehículos

Se podrán beneficiar los propietarios de aquellos vehículos que generen menos impacto sobre el medio ambiente, bien por la clase de carburante utilizado o por las características de sus motores: 

- Motores que cumplan con las normas sobre el nivel de emisiones contaminantes definidas en las directivas Euro 4/IV, Euro 5/V, Euro 6/VI o superior.

- Vehículos híbridos o modales (motor eléctrico- gasolina, eléctrico- diésel o eléctrico-gas) que estén   homologados de fábrica, incorporando dispositivos catalizadores, adecuados a su clase y modelo, que minimicen las emisiones contaminantes.

 - Vehículos eléctricos y/o de emisiones nulas.

- Vehículos que utilicen algún tipo de gas como combustible, que estén homologados de fábrica o adaptados para la utilización de gas como combustible de certificado de ITV, incorporando dispositivos catalizadores adecuados a su clase y modelo, que minimicen las emisiones contaminantes.

- Vehículos con gasolina sin plomo y con catalizador o fotovoltaicos.

Bonificación del 50% sobre el impuesto de vehículos

La bonificación llegará a ser del 50% en el caso de vehículos con motor Euro 3, matriculados a partir del 1 de enero de 2001 y para todos los vehículos matriculados desde el 1 de enero de 1993 los cuales, según la Orden del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo de 10 de octubre de 1992 (BOE 23 de octubre de 1992), ya van equipados con catalizador, cumpliendo así uno de los requisitos exigidos para acceder a las bonificaciones por mejoras medioambientales.

Bonificación del 100% sobre el impuesto de vehículos

Sobre la cuota del impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica también existe una bonificación del 100 % para los vehículos históricos o aquellos que tengan una antigüedad mínima de veinticinco años, contados a partir de la fecha de su fabricación o, si ésta no se conociera, tomando como tal la de su primera matriculación o, en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar.

**Los vehículos serán de las clases turismo, camiones, furgonetas, furgones, vehículos mixtos adaptables, motocicletas, ciclomotores, autobuses y autocares.

**Las bonificaciones del 75% y del 50% no son aplicables simultáneamente.

**Para acceder a la bonificación, el titular del vehículo debe estar al corriente en el pago de todos los tributos y sanciones municipales.